jueves, 31 de octubre de 2013

LEY DE MEDIOS: UN FALLO TARDÍO QUE ABRE NUEVAS DISPUTAS

La declaración de constitucionalidad de la ley de medios, por parte de la Corte de Suprema, se distingue solamente por su demora, ya que un fallo en sentido contrario habría implicado la posibilidad de un conflicto de poderes y de un golpe de Estado judicial. El llamado ‘control de constitucionalidad’ de las decisiones parlamentarias, por parte de una institución no electa y para colmo vitalicia, constituye una aberración en un régimen político que se presume democrático. El rol que la Constitución Nacional reserva al Poder Judicial y a la Corte en la determinación de las leyes, constituye un agravio a la soberanía del pueblo. La vigencia de un régimen realmente democrático implicaría que la sanción de las leyes y el con! trol de su constitucionalidad estén a cargo de un parlamento y de una Justicia electos y revocables. La propuesta del doctor Zaffaroni - una Corte Constitucional especial, no electa ni revocable, convertiría, todavía más, a la representación del pueblo en una hoja de parra.

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